¿Qué es la estratificación socioeconómica?
Es un instrumento técnico que permite clasificar la población de los municipios y distritos del país, a través de las viviendas y su entorno, en distintos estratos o grupos socioeconómicos, o grupos de personas que tienen características sociales y económicas similares.
¿Para que sirve la estratificación de la fincas?
La Ley 505 de 1999, establece que la estratificación rural que adopten los municipios sólo será aplicable para el cobro de las tarifas de los servicios públicos domiciliarios. La estratificación de las fincas clasifica la población rural en diferentes estratos o grupos socioeconómicos, a través del análisis de las características físicas de las viviendas, sus predios y de las peculiaridades de la zona rural que las circunda.
¿Cuántos estratos existen?
Las fincas se estratifican hasta en seis estratos socioeconómicos, que se denominan así: I (bajo-bajo), II (bajo), III (medio-bajo), IV (medio), V (medio-alto), y VI (alto).
¿Cuál es la unidad de estratificación en el campo?
La unidad de estratificación socioeconómica rural es el predio con vivienda, o la vivienda independiente o mejora. No se estratifican edificaciones como fábricas, ingenios, bodegas, establos, clubes, entre otros, en las cuales pueden o no habitar las personas que se encarguen de su vigilancia. Tampoco se estratifican las viviendas colectivas, o sea las edificaciones en donde residen grupos de personas que comparten el techo y ordinariamente los alimentos por razones de trabajo, disciplina, recreación, salud, religión o castigo, tales como conventos, cuarteles, escuelas, estaciones de investigación, institutos vocacionales o agrícolas, hogares o granjas juveniles, iglesias, etc.
¿Desde cuándo será aplicada al cobro de las tarifas de los servicios públicos?
Las empresas que presten sus servicios en la jurisdicción del Municipio de Girón deberán aplicar la estratificación a partir de la facturación correspondiente al mes de septiembre de 2008.
¿Deben los usuarios solicitar certificado de su nuevo estrato?
No, porque las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios se encargarán de hacer las modificaciones para la liquidación de los respectivos consumos.
¿Se puede presentar reclamación por inconformidad con el estrato asignado?
Si, toda persona podrá solicitar a la Alcaldía, por escrito, revisión del estrato asignado. Los reclamos serán atendidos y resueltos en primera instancia por la Alcaldía y las apelaciones se surtirán ante el Comité Permanente de Estratificación.